A pedido de sus padres a un niño le cambiaron el apellido materno por el de su progenitor. Los padres del menor son brasileros.
La pareja relató que su hijo nació en marzo de 2023, acordaron el nombre y el apellido del padre, y así se hizo constar en el certificado de nacido vivo que acompañaron y lo requirieron en el Registro Civil. No obstante, el niño fue inscripto por personal del Registro con el apellido de la madre.
Con el patrocinio de las abogadas Raquel Cosgaya y María José Galtelli plantearon ante la Justicia el cambio de apellido y la jueza en lo civil y comercial Mónica Klebcar sostuvo que “con el cambio de nombre no se verían afectados intereses de terceros ni el orden público.
En este sentido, tiene dicho la Cámara que a la par de aquel interés general o público, el nombre constituye un derecho subjetivo para el sujeto, un derecho a la identidad que involucra libertad de elección, bienestar espiritual, integridad psíquica e inserción social”.
La magistrada consideró que están acreditados los “justos motivos” que prevén las normas.