El máximo tribunal hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensora general del Juzgado de Menores de Venado Tuerto, Gabriela Del Castillo.
El crimen ocurrió en Rufino el 10 de mayo de 2015.
El detenido tendrá que ser juzgado como menor de edad, ya que en el momento del homicidio tenía 17 años. La Corte resolvió que la causa sea remitida al Tribunal que corresponda a los fines que sea nuevamente juzgada conforme a las pautas sentadas para los procedimientos de menores.
Agregó que “los derechos especiales que tienen las personas menores de edad por su condición, no constituyen sólo un postulado doctrinario, sino que su reconocimiento es un imperativo jurídico de máxima jerarquía normativa, derivado de los tratados internacionales suscritos por nuestro país, en especial, de la Convención sobre los Derechos del Niño y del Pacto de San José de Costa Rica”.
El juez de menores de Venado Tuerto había considerado que la prisión perpetua prevista en el ordenamiento legal para el delito por el que se había condenado al autor del femicidio no resultaba aplicable a los menores de edad.
Ahora, la Corte anuló la determinación de la pena y dispuso que la causa sea derivada a otro juzgado a los fines de que la misma sea nuevamente juzgada conforme las pautas dictadas por el alto tribunal.
Chiara Páez desapareció la madrugada del 10 de mayo de 2015 luego de salir con un grupo de amigas y decirles que iba a encontrarse con su novio, Manuel Mansilla, que por entonces tenía 17 años.
La familia denunció que no había regresado a su casa y la Policía rastrilló la ciudad junto a los vecinos para encontrarla.
El cuerpo apareció horas después enterrado en el patio de la casa familiar de Mansilla, quien según las pericias la mató a golpes.
La autopsia determinó que Chiara había tomado un antiinflamatorio utilizado para abortar, pues cursaba un embarazo de ocho semanas que su madre había aceptado, pero que la familia de su novio no quería que continuara.