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Autorizaron el uso de armas no letales para las fuerzas: cómo se implementará

A través del Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó la nueva herramienta que tendrán a disposición las fuerzas de seguridad. Los detalles. 

El Gobierno nacional reglamentó este viernes, a través de la Resolución 2024-704, del Boletín Oficial, el uso de armamento no letal para que los miembros de las Fuerzas Federales reduzcan a agresores.

El Ministerio de Seguridad de la Nación estableció que los funcionarios de las Fuerzas podrán implementar cierto tipo de armas siempre que lo tengan provisto y cumplan los requisitos, en aquellas circunstancias en las que las que el uso de un arma letal exceda la necesidad derivada de la amenaza o pueda generar un riesgo de vida o de lesiones para terceras personas presentes en el lugar.

Entre las alternativas -que detalla el texto oficial- se encuentran las pistolas que inmovilizan al objetivo mediante descargas eléctricas no letales, aquellas que disparan municiones con substancias irritantes u otros productos químicos no letales, artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales, gases paralizantes y cualquier otro armamento no letal aprobado conforme a la reglamentación y que cumpliera los mismos fines.

Los agentes deberán recibir capacitación especializada como requisito esencial para la autorización del uso de armamento previsto en la resolución. Los procedimientos serán supervisados por la Dirección Nacional de Formación y Desarrollo Profesional de la Secretaría de Seguridad.

Por otra parte, la reglamentación explica que los funcionarios de las Fuerzas Policiales deberán identificarse como tales “a viva voz, advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha manifestación pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el mismo personal”.

“Una vez dada la voz de alto o verificadas las circunstancias desarrolladas en el párrafo anterior, el avance del agresor en dirección del efectivo o de terceras personas en actitud de ataque o amenaza o la persistencia en una situación de amenaza se considerará una situación de riesgo suficiente que justifica el empleo del armamento no letal, aun cuando el agresor no lleve un arma de manera visible”, explicaron desde el Gobierno.

Como ejemplo a lo anteriormente mencionado, son las situaciones en donde se trate de impedir la fuga de un delincuente durante su detención o  tras la comisión de un delito.

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