La Justicia rosarina ordenó a dos bancos a restituir a una mujer el dinero que le habían sustraído a través de un ciber delito. La víctima del engaño es clienta del Banco Supervielle y en esa entidad se le deposita su sueldo en una caja de ahorro. A los fines de disponer del dinero de la cuenta sueldo, la institución bancaria le otorgó una tarjeta de débito con la que habitualmente realiza compras y extracciones.
Según se dieron los hechos, el 6 de mayo de este año recibió un correo electrónico del Banco Supervielle en el cual se le informaba que a las 18.10 se había efectuado una transferencia por gran parte del dinero depositado en su cuenta, pero que no lo realizó ella. Ingresó al online banking y pudo advertir que el dinero ya no figuraba en su cuenta, quedándole un saldo ínfimo.
Entonces, realizó dos denuncias en un apartado del online banking. Se procedió al bloqueo de la tarjeta de débito y el online banking. También realizó una denuncia online en el Ministerio Público de la Acusación.
Posteriormente, concurrió a la sucursal del Supervielle, y se le informó que se iniciaría la investigación de una posible defraudación. Respecto de la cuenta destinataria, se le hizo saber que pertenecía al banco Itaú.
Se presentó en la sucursal de ese banco donde se le informó que la cuenta de destino de los fondos se encontraba a su nombre. Pero como nunca había solicitado una apertura de cuenta allí, solicitó explicaciones y le dijeron que la cuenta había sido abierta de forma on line, que tenía asociado un correo electrónico que no le pertenecía, y un teléfono que, además de no ser el propio, tenía característica de Buenos Aires.
El 24 de mayo recibió una transferencia por $50.500 y el banco Supervielle SA le informó que era “algo de lo que se había recuperado”. Una semana después el Banco Itaú le respondió que cerraba su cuenta por fraude, de forma retroactiva al 26 de mayo.
En la medida cautelar innovativa, presentada con el patrocinio del abogado Maximiliano Toricelli, destacó la falta de restitución del dinero le traía aparejado no poder disponer de su remuneración -de naturaleza claramente alimentaria- a los efectos de hacer frente a sus necesidades básicas y las de sus hijo”.
Consideró que “aprovecharon los perpetradores los medios tecnológicos e informáticos de los bancos, con lo que podría haber existido una violación al deber de seguridad a cargo de éstos”.
La jueza en lo civil y comercial Mónica Klebcar ordenó a los bancos Supervielle S.A. e Itaú Argentina S.A. a restituir a la mujer el dinero que le sustrajeron a través de la estafa electrónica.
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