La Justicia Laboral de Rosario condenó a los integrantes de una familia por no registrar correctamente a una empleada doméstica. La mujer, que fue patrocinada por la abogada Melisa Testa, consideró que estaba deficientemente registrada y el 25 de enero de 2022 comunicó el despido indirecto.
A la audiencia de trámite no concurrió ninguno de los demandados. La empleada ingresó a trabajar a ordenes de las demandadas en febrero de 2010, la relación laboral fue tardíamente registrada, se desempeñó como personal de empleadas de casas particulares “con retiro” en la categoría 4 “cuidados de personas” que cumplía las tareas de asistencia personal, cuidado, higiene, suministro de medicamentos, mandados, preparación de comidas, limpieza general del inmueble, lavado de ropa cumplía una jornada y días de labor de 8.30 a 16.30, los lunes, miércoles y viernes (96 horas mensuales).
El juez laboral Ricardo Gramegna destacó que “según lo dispuesto por el Artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo una de las partes podrá hacer denuncia del contrato de trabajo en caso de inobservancia de parte de la otra de las obligaciones resultantes del mismo que configuren injuria, que, por su gravedad, no consientan la prosecución de la relación. La trabajadora fue la primera que juzgó los hechos y los consideró de una gravedad incompatible con la continuidad del vínculo”.
El magistrado receptó el reclamo de haberes impagos, aguinaldo, ropa de trabajo y dispuso que le entreguen el certificado de servicios y remuneraciones.