La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de los tribunales provinciales de Rosario condenó a una conocida cadena de perfumería a indemnizar a un trabajador despedido. Con el patrocinio de la abogada Antonella Oliveto el empleado demandó a Perfumerías Gerlero S.A. reclamando el pago de la indemnización.
El trabajador ingresó a la firma en noviembre de 1999, en relación de dependencia, cumplía jornada laboral de 8 horas y las tareas prestadas encuadraban en la categoría de encargado de local.
Sostuvo en el juicio por cobro de pesos que siempre percibió el sueldo en forma desdoblada y una parte la cobraba “en negro”.
Lo despidieron en octubre de 2017.
Gerlero afirmó que “el empleado fue sancionado por encontrar casi 70 artículos sin precios, quiebres de mercaderías y errores en stock. También se comprobó llegadas tarde y además en los controles evidenció su falta de contracción al trabajo y desobediencia a reiterados reclamos de sus superiores”. La perfumería se presentó en concurso preventivo.
En primera instancia el juez Fabián Vega hizo lugar a la indemnización por antigüedad y sustitutiva de preaviso, aguinaldo sobre preaviso, integración mes de despido y el artículo 2 de la ley 25323 que se aplica al empleador que no paga la indemnización por despido.
El magistrado afirmó en la resolución que “tengo la convicción que la conservación del contrato laboral constituye el anclaje máximo de la expresión del principio protectorio”.
“El trabajador necesita certeza respecto de la conservación de su fuente de ingresos, que constituye su medio de subsistencia”, añadió.
Por su parte, la sala primera de la Cámara de Apelaciones en Laboral, con el voto de los jueces María Andrea Deco y Sergio Restovich, confirmó la sentencia dictada por el juez Vega.
La planilla del cálculo por el monto de la indemnización también quedó firme con el agregado de los intereses correspondientes.