Judiciales

Condenan a un taxista por chocar a un ciclista que tenía prioridad de paso

Para el Tribunal Colegiado Extracontractual Nº 6 “el conductor del taxi infringió el deber de ceder el paso a quien contaba con prioridad de paso”.

La Justicia rosarina condenó a un taxista por chocar a un ciclista que tenía prioridad de paso. El 23 de diciembre de 2019 circulaba al mando de su bicicleta por la ciclovía de calle Buenos Aires y al estar cruzando la intersección con calle Riobamba junto a otros vehículos, un taxista sin respetar la prioridad de paso y el cartel señalizador de “Ciclovía” existente en la ochava noreste de dicha intersección, lo embistió con su parte delantera en el lateral derecho de la bicicleta, determinando que la bicicleta quede atrapada debajo del taxi y el ciclista resultó lesionado, motivando su atención en un sanatorio.

Con el patrocinio de los abogados Dana Cupertino y Fernando Solari inició una demanda por daños y perjuicios. El taxista al contestar la demanda sostuvo que estaba cediendo el paso al tránsito que circulaba por calle Buenos Aires y al percibir que no venían más vehículos, inició el cruce y cuando estaba prácticamente terminando el mismo, una bicicleta que se desplazaba por Buenos Aires hacia el Norte se interpone en su circulación, provocando de ese modo la colisión. Afirmó que el ciclista en ningún momento cayó al suelo y luego el conductor del taxi lo trasladó a su domicilio.

Para el Tribunal Colegiado Extracontractual Nº 6 “el conductor del taxi infringió el deber de ceder el paso a quien contaba con prioridad de paso”. Los jueces Ignacio Aguirre, Analía Mazza y Horacio Allende Rubino destacaron que “el artículo 41 de la ley 24.449 (Ley de Tránsito), dispone: “todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta”.

Agregaron que se ha expresado, de modo por demás agudo y elocuente, que “quien cumple las disposiciones del Reglamento de Tránsito no puede chocar, y si lo hace, es porque no cumplió las obligaciones a su cargo”.

Citaron una resolución de la Cámara de Apelaciones de Circuito que puntualizó que “quien arriba a una bocacalle debe ceder el paso al que circula por la derecha, debiendo en su caso – de ser necesario – detener por completo su vehículo. Porque no es el caso de quién llegue primero a la mitad o más de la bocacalle, sino que se trata de una regla que impone ceder el paso espontáneamente, y la violación de ella es una grave contravención, que afecta la seguridad de las personas y crea la presunción de culpabilidad en caso de accidentes”.

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