Judiciales

Condenan a una aseguradora de riesgos de trabajo

El 10 de febrero de 2021 al levantar conos de helados que habían caído al suelo, sufrió una descarga eléctrica, fue asistida en el lugar por sus compañeras de trabajo, quienes se comunicaron con su familia a fin de que la trasladen a un efector de salud.

La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral revocó una sentencia de primera instancia y condenó a Omint ART SA por la incapacidad psíquica sufrida por una trabajadora al recibir una descarga eléctrica mientras cumplía su jornada laboral.

El 10 de febrero de 2021 al levantar conos de helados que habían caído al suelo, sufrió una descarga eléctrica, fue asistida en el lugar por sus compañeras de trabajo, quienes se comunicaron con su familia a fin de que la trasladen a un efector de salud. Por indicación de la ART demandada, ingresó al área de terapia intensiva de un sanatorio de Rosario, en donde recibió tratamiento hasta que le otorgaron el alta médica 9 días después.

En la demanda patrocinada por el abogado Jorge Cusenza manifestó que dicha situación se vio agravada dado que la patronal nunca le abonó los días de licencia, ni le brindó garantías de seguridad vinculadas con el siniestro al reintegrarse a su puesto de trabajo, por lo que procedió a formular dichos reclamos por medio fehaciente.

Los camaristas Andrea Deco y Sergio Fabián Restovich señalaron que en el informe pericial se destaca que el accidente supuso cambios en la vida de la trabajadora, tanto en aspectos cotidianos, la demora en los estudios que cursaba, como también en su relación con los demás y con el establecimiento donde prestaba labores. Además, también es dable destacar la modificación en el régimen de sueño, en su alimentación y, en general, con el manejo de cualquier artefacto eléctrico.

En opinión de la experta la joven presenta un cuadro de estrés postraumático que “se aplica a presentaciones en la que el sujeto se ha sentido expuesto a la muerte o a situaciones en las que ha sufrido una amenaza a su vida y/o integridad física”.
La incapacidad fue establecida en el 11,4 por ciento.

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