Confirmaron la condena contra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. por una estafa virtual a una clienta. Debe pagarle por daños moral y punitivo 10.200.000, más intereses.
La mujer promovió un juicio sumarísimo a fin de obtener la reparación de los daños y perjuicios de origen contractual derivados del incumplimiento contractual de los deberes de seguridad y protección de los intereses económicos, de información y de trato digno por parte de la entidad bancaria demandada, circunstancias que fueron las que –según arguye– permitieron la contratación de un préstamo por un tercero desde su cuenta bancaria, por la suma de $ 338.000.-, y el posterior retiro de $ 336.000.- por medio de una transferencia bancaria a una cuenta de otra mujer.
Explicó que tomó conocimiento de esa situación un mes más tarde, aproximadamente cuando el 2 de junio de 2021 verificó el débito de una cuota por la suma de $ 20.332,19 en concepto del referido préstamo, frente a lo cual se comunicó por teléfono con el Banco y manifestó que no era ella quien lo había tomado y solicitó el bloqueo de su tarjeta de débito, la devolución del dinero debitado de su cuenta y el cese de futuros débitos. Además, contó que mediante su home banking se anotició de la acreditación en su cuenta del dinero prestado y la transferencia posterior.
Solicitó la nulidad del préstamo desconocido y le atribuyó responsabilidad objetiva a la demandada por los daños invocados, así como también alegó la exclusión de culpa alguna de su parte y la calidad profesional de la actividad bancaria.
El Banco negó los hechos, rechazó la responsabilidad que se le atribuye, la indemnización peticionada, la nulidad del préstamo y el desconocimiento por la clienta de la transferencia del dinero. Aseveró que cumple con la normativa de seguridad del Banco Central.
El juez en lo civil y comercial, Marcelo Quaglia, hizo lugar a la acción presentada, condenó al Nuevo Banco de Santa Fe a pagarle los daños ocasionados y declaró la nulidad del acto jurídico del préstamo.
En la resolución la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial sostuvo que “en lo que refiere puntualmente al mérito de la prueba pericial tampoco se advierte de allí una actitud culposa de la víctima, puesto que la IP desde la cual se realizaron las operaciones cuestionadas no son coincidentes con las que utilizaba regularmente la actora. Conforme a ello es que tampoco se puede determinar fehacientemente el nivel de seguridad de la entidad financiera demandada al momento en que ocurrieron los hechos”.
En primera instancia el magistrado calificó a la contratación por medios electrónicos como un servicio riesgoso, por lo que se deben aplicar el principio protectorio. Y en este sentido hace alusión al informe sobre protección de las personas usuarias de servicios financieros en el que se hace referencia a numerosos riesgos que enfrenta la actividad bancaria y ponderó que el propio perito informático destacó que el Banco Central considera al canal electrónico como uno de los de mayores riesgos.
Los camaristas Gerardo Muñoz y Oscar Puccinelli señalaron que “ha quedado comprobada la existencia de la transferencia bancaria efectuada por medios electrónicos (Debin), el desconocimiento posterior por parte de la demandante al observar entre los movimientos el descuento de la primera cuota correspondiente al crédito otorgado y la recurrente no ha demostrado la existencia de un nexo comercial o personal entre la actora y la destinataria de los fondos transferidos que comprueben que fue ella quien solicitó el préstamo y se hizo de los fondos por interpósita persona”.
Agregaron que “surge claro de las constancias de la causa, conforme lo destacan el agente fiscal y el juzgador, que las medidas tomadas por el banco no fueron suficientes para evitar el fraude bancario invocado por la accionante”.
Destaco la Cámara que el Consejo Federal de Consumo (COFEDEC) informó en el período 2021/2022 se habían recibido numerosas denuncias relativas a estafas en entornos digitales, en las cuales la demandada Nuevo Banco de Santa Fe se hallaba entre las entidades bancarias más denunciadas.