Economía

De qué se trata la nueva limitación para compra de dólares financieros impuesta por la CNV

La disposición es de carácter “transitorio” y fruto de un convenio de colaboración e intercambio de información entre el regulador bursátil, la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Administración de Ingresos Públicos (Afip).

Luego de la fuerte suba del dólar blue este martes, la Comisión Nacional de Valores (CNV) restringió a $ 100 millones diarios las operaciones de inversores extranjeros y grandes firmas locales, limitando así la adquisición de dólares financieros.

Tal medida fue oficializada este miércoles a través de la Resolución General 981/2023 publicada en el Boletín. Con esta modificación normativa, los inversores extranjeros –ya sea empresas o personas humanas– que no son agentes de valores y operan con CDI (Clave de Identificación) o CIE (Clave de Inversores del Exterior) sólo podrán operar por cuenta propia y con fondos propios.

La disposición es de carácter “transitorio” y fruto de un convenio de colaboración e intercambio de información entre el regulador bursátil, la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Administración de Ingresos Públicos (Afip).

La misma busca “mejorar la regulación del mercado de capitales y prevenir maniobras de lavado de activos y evasión impositiva”, señaló la CNV a través de un comunicado.

El organismo aclaró que la medida “alcanza únicamente a los grandes inversores y no afecta a la enorme mayoría de usuarios de dólares financieros y pequeños inversores”.

En cuanto a los intermediarios, se limita su actuación en la colocación primaria y en la negociación secundaria como intermediarios de entidades del exterior.

En los considerandos de la resolución, se señala que en “el actual contexto económico imperante y en el marco de la reciente evolución del mercado de cambios, se torna necesario reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real, así como el impacto de las operaciones instrumentadas en el mercado de capitales a través de la compra venta simultánea de valores negociables”.

Las operaciones deberán ser informadas al intermediario local –una sociedad de bolsa (ALyC), un Agente de Negociación (AN) o un Agente de Corretaje de Valores Negociables (ACVN)– con cinco días hábiles de anticipación y por hasta $ 100 millones diarios.

Estos intermediarios deberán remitir esta información, con carácter de declaración jurada y cinco días hábiles de anticipación, a la CNV.

Las sociedades de bolsa del exterior –las cuales operan por cuenta y orden de clientes argentinos– también estarán abarcadas por las mismas restricciones: no podrán superar el monto máximo diario de $ 100 millones por cada uno de sus clientes y estarán obligadas a informarle a la CNV con cinco días de anticipación.

En tanto, las sociedades de bolsa del exterior que operan por cuenta propia y con fondos propios –no por orden de terceros- deberán avisar con cinco días hábiles de anticipación cuando operen diariamente por más de $ 100 millones.

En lo que respecta a los inversores locales que poseen Cuit, aquellos que operan por cuenta y orden de terceros tendrán un tope de operación de $ 100 millones diarios, restricción que no abarca a los que operan por cuenta propia y con fondos propios.

Los inversores locales que operan por orden de terceros deberán informar con cinco días hábiles de antelación estas operaciones a la CNV a través de las sociedades de bolsa, detallando quién es el tercero para el que operan; mientras que aquellos que operan por cuenta propia deberán avisar con el mismo plazo de antelación aquellas operaciones superiores a $ 200 millones, pese a no tener restricción para operar con dichos montos.

Por otra parte, la CNV dispuso que las carteras propias de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y los Agentes de Negociación (AN) podrán saltar los plazos de permanencia cuando realicen operaciones de venta con liquidación en dólares en ruedas de negociación bilateral, siempre y cuando posteriormente apliquen esos dólares a la compra de activos y su posterior venta de pesos, es decir, cuando comiencen la operación en pesos y la finalicen en pesos.

La semana pasada, el Banco Central (BCRA) le informó a la CNV un incremento en el volumen de negociaciones por parte de inversores extranjeros que utilizan CIE o CDI, y pidió “reforzar los mecanismos de supervisión” para identificar si ese incremento “se corresponde con posibles maniobras elusivas, ocultando la identidad de los reales beneficiarios finales de dichas operaciones”.

En ese marco, el BCRA advirtió que estaba faltando determinados datos (por ejemplo, nombre y CUIT) de “un número considerable y relevante de las personas que realizaron las operaciones”.

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