La mujer con el patrocinio de las abogadas Julia Canet y Carina Mazzeo inició una acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados con el objeto que le otorgue, con carácter urgente, la cobertura integral del sistema de infusión intratecal para fármacos multiprogramable, implantable y compatible con resonancia magnética a los fines de paliar dolor intratable crónico en miembros inferiores.
Señaló como antecedentes de su patología, varias cirugías en ambas rodillas por cuadros dolorosos sin mejoría.
Una médica especialista en dolor determinó la refractariedad de su cuadro a todo tratamiento médico. Es por ello, que indicó la realización de un Test de infusión intratecal de morfina, con el cual la mujer presentó una mejoría del 80%. Por lo que le indicaron la colocación de una bomba programable de infusión intratecal de morfina
El 30 de abril realizó al PAMI el pedido de esa bomba, pero no logró respuesta favorable.
El 24 de agosto compareció la demandada por intermedio de apoderado y manifestó que realizó el llamado a licitación, pero que se vio afectado por el ataque informático dirigido al PAMI y que, por lo tanto, está realizando un nuevo pedido de compra del insumo requerido.
En la resolución la jueza federal Sylvia Aramberri sostuvo que “debe recordarse que “en cuanto al tratamiento quirúrgico prescripto a la amparista, considero que debe ponderase el criterio jurisprudencial preponderante en cuanto se da preeminencia –en la medida que resulten médicamente fundadas- a las indicaciones efectuadas por médico
tratante, ya que se presume que es quien mejor conoce al paciente, valorándose especialmente la relación médico paciente que se entabla y la confianza que este último deposita en el profesional.
En otra cautelar, la jueza Aramberri dispuso que el PAMI le cubra a una afiliada una cirugía de aneurisma, con posible bypass temporal.
Además, ordenó que suministre los insumos.
Destacó la magistrada que “se comprueba la existencia de peligro irreparable por la demora, por tratarse de un caso de salud, con las características y severidad que el mismo reviste, dada la urgencia que requiere atender la grave patología que padece la paciente, los riesgos que hacen peligrar su salud y hasta su propia vida, demuestran la necesidad
de que se le realice el tratamiento quirúrgico indicado en forma urgente”.
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