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El Gobierno nacional autorizó a que se pueda portar armas desde los 18 años

Antes se debía tener cumplidos los 21 años para poder acceder al permiso de portación legal.

El Gobierno nacional bajó este martes la edad mínima para portar armas y estableció que a partir de los 18 años los ciudadanos estarán habilitados para adquirirlas. Esta modificación al artículo 55 de la ley 20.429, Ley Nacional de Armas y Explosivos, se hizo pública a través del Boletín Oficial. Previa a esta medida, la edad mínima permitida era de 21.

La actualización se describe dentro en el apartado Legislación y Avisos Oficiales del Poder Ejecutivo, bajo la numeración 1081/2024 del decreto que lo establece. “A efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los DIECIOCHO (18) años”, argumentó el Poder Ejecutivo sobre el cambio implementado.

El texto lleva las firmas del presidente de la Nación, Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, confirmando en su artículo 1°: “Sustitúyese el inciso 1) del artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera: Ser mayor de DIECIOCHO (18) años”.

No obstante, se mantiene la serie de requisitos que se deben cumplir para la portación de armas, como el no tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, la acreditación de datos personales bajo dependencia policial, y “la no existencia de antecedentes policiales o penales”.

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