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Estafa virtual: Banco deberá devolver más de un millón de pesos a una jubilada

La justicia hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la entidad bancaria municipal a transferir a 2 Cajas de Ahorro de una clienta la suma de $1.500.000 que le fueron debitadas.

Con el patrocinio del abogado Diego Culasso, una mujer de 80 años inició una demanda de consumo contra el Banco Municipal de Rosario y solicitó que se nulifiquen los actos jurídicos realizados en su nombre y sin su voluntad o autorización, y ordene dejar sin efecto o reintegre las sumas de dinero ilegítimamente debitadas o transferidas de su cuenta, por la suma de $1.500.000 con más intereses desde la fecha de los débitos (19/07/2024), se condene a la demandada al resarcimiento por los daños y perjuicios y se le aplique la multa civil del artículo 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor (daño punitivo).

En la demanda se afirmó que la víctima navegaba en la aplicación Facebook a través de su teléfono celular. En ese contexto le apareció una publicidad del Banco Municipal de Rosario que invitaba a sus clientes a participar de un sorteo de televisores. Hizo clic en dicha publicación con la intención de participar en ese sorteo al que su banco la estaba invitando y en ese instante fue remitida a una página idéntica al Homebanking del Banco Municipal, donde le solicitaron cargar sus datos para poder participar del sorteo en cuestión.

Cargados sus datos, de manera casi inmediata le sustrajeron de 2 Cajas de Ahorros la suma de $1.500.000. Manifestó la especial situación de salud en la que se encuentra ya que debe someterse a tratamiento de rayos por padecer una enfermedad oncológica. Debe afrontar numerosos gastos para su tratamiento, estudios previos. La falta de disposición del dinero ilegalmente sustraído de sus cuentas genera un grave peligro a su salud puesto que sin ese dinero no puede afrontar el tratamiento. Es el dinero de sus haberes previsionales el que le fue sustraído, dado que cobra jubilación y pensión en las cuentas del Banco Municipal que le fueron vaciadas. Hizo referencia a su hipervulnerabilidad.

La entidad bancaria negó los hechos y se opuso a la cautelar solicitada. Enfatizó que la mujer no tuvo ningún cuidado al operar su homebanking y cayó en una estafa a través de Facebook.
Al hacer lugar a la cautelar la jueza en lo civil y comercial Verónica Gotlieb sostuvo que “en el caso advierto que la sustanciación del proceso principal de daños y perjuicios por responsabilidad civil bancaria puede aparejar un serio perjuicio a la parte demandante al no contar en forma inmediata con los fondos habidos en la caja de ahorros, depositados en concepto de haberes por jubilación y pensión”.

Agregó que “luce menos gravosa la concesión de la medida innovativa, que su denegatoria. Ello, en la suposición de que el daño que a un banco de reconocida solvencia le genera la abstención provisional de cobro resulta notoriamente inferior al que provocaría el débito del préstamo cuestionado a su cliente asalariada. Justamente, es aquel marco de asimetría estructural el que justifica, en definitiva, el auxilio jurisdiccional cautelar y provisional”.

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