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Estafa virtual: ordenan al Banco Galicia a restituir fondos a una cuenta sueldo

El damnificado sufrió una ciberestafa bajo la modalidad de phishing.

Por una supuesta estafa virtual la Justicia rosarina hizo lugar a una medida cautelar y ordenó al Banco de Galicia y Buenos Aires el reintegro de $500.000 a un hombre que es titular de una cuenta.

El cliente con el patrocinio del abogado Roberto Vazquez Ferreyra inició una demanda de trámite sumarísimo de la Ley 24.240 porque sostuvo que sufrió una estafa virtual de las denominadas phishing y pidió que le restituyan los fondos ilegítimamente debitados y sus intereses.

El demandante es una persona de avanzada edad, que posee una cuenta sueldo en la que percibe sus haberes jubilatorios y su salario como dependiente de una empresa. Los fondos cuya extracción indebida se alega provienen de esas fuentes de ingresos, es decir tienen neto carácter alimentario.

El cliente manifestó que la ineficiencia del sistema de seguridad y controles instrumentado por el banco habrían permitido la consumación de una estafa; mientras que, del otro lado, se adujo que las operaciones fueron genuinas o, en caso de no serlo, le resultarían atribuibles al demandante que habría brindado sus datos confidenciales (en rigor, su hija) posibilitando así la realización de actos por terceros.

El juez en lo civil y comercial Marcelo Quiroga sostuvo que “se tiene particularmente en cuenta a los fines del despacho tutelar lo normado en el artículo 42 de nuestra Constitución Nacional al establecer que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz”.

Agregó que “en la suposición que el daño que a un banco de reconocida solvencia le genera la abstención provisional de cobro resulta notoriamente inferior al que provocaría el débito de sendos préstamos -cuestionados- a su cliente”.

Señaló el magistrado que otros tribunales expresaron que “la contratación electrónica, con todos sus beneficios, conlleva también riesgos que, en principio, deben caer sobre el banco, que no sólo es el creador del sistema, sino también quien lo administra en términos que debe garantizar a los usuarios seguridad de las transacciones que se efectivizan en tal marco”.

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