La noticia se confirmó este viernes en los pasillos de Tribunales de la ciudad de Rosario, con la confirmación de la resolución de cuatro casos que hicieron lugar al planteo de diferentes amparistas, entre ellos, jubilados docentes, estalales y judiciales, se indicó, en relación al descuento del “aporte solidario”.
Según publica el diario Página 12, las primeras dos resoluciones que se conocieron ayer corresponden a la jueza Quagliatti, quien ya se expidió en casos similares como el que hizo lugar al amparo presentado por 18 jueces jubilados –y cónyuges de magistrados fallecidos– contra la reforma en la normativa previsional, con efectos -aplicable a los amparistas- como la suspensión del aporte solidario y del tope de haberes impuesto en la nueva ley.
El fallo de la jueza fue criticado en forma vehemente por el funcionario provincial Jorge Boasso, actual secretario de Seguridad Social, a quien le exigieron la baja del tono desde el Colegio de Magistrados, en post de una convivencia democrática entre los poderes ejecutivo y judicial de la Provincia. “Nunca el camino son las agresiones y coacciones que ataquen la independencia judicial. Si un fallo no resulta del agrado de autoridades puede ser apelado” fueron las palabras utilizadas por dicha Institución.
El abogado Maximiliano Toricelli, uno de los que patrocina a presentaciones realizadas por jubilados que tuvieron vinculación al poder judicial, a la docencia o se desempeñaban como empleados estatales, expresó que los amparos “tienen que ver con el tema del aporte de emergencia, por el descuento que se les hace, que varía entre el 2 y el 6% según el monto de lo que perciben. Al jubilado se le hace contribuir a la caja con la que contribuyó” confirmando a su vez que hay otras causas similares en trámite.
Finalmente Toricelli destacó que “hay criterios favorables a los amparos presentados en Rosario, sean jubilados, docentes, empleados del API, de comunas…, que después mediáticamente se quiera disimular, decir que son privilegiados, cuando aportaron 35, 40 años algunos, cuando no tienen ningún régimen especial, es otra cosa”.