La Justicia estableció una sanción económica a IAPOS por la demora en la entrega de un medicamento a una afiliada. Una mujer, que padece colitis ulcerosa, inició una acción de amparo contra la obra social. Pidió que la obra social se haga cargo de su tratamiento y suministre la droga Vedolizumab. Lo pidió a través de los canales que propicia el IAPOS a sus asociados, sin conseguir respuesta alguna.
Adujo que faltaban estudios, los estudios por imágenes no eran nítidos y se concluía que debía seguir con el mismo tratamiento médico que no había dado ningún resultado.
Cansada de reclamar en las oficinas del IAPOS, acudió a la Asociación “Práctica Ciudadana” y sus abogados iniciaron la acción de amparo.
El juez en lo civil y comercial, Luciano Juárez, ordenó el suministro inmediato de esta droga, en la forma que había requerido el médico tratante.
A partir de allí, el IAPOS cumplió la orden judicial, pudiendo la afiliada pudo hacer el tratamiento médico e inocularse esta droga dos veces. La semana pasada, dado que no llegaba el medicamento, estando programada la internación, abogados de “Práctica Ciudadana” denunciaron el incumplimiento.
El juez Juarez dispuso la aplicación de astreintes de $100.000 diarios por la demora.
Las astreintes son multas que los jueces pueden establecer como consecuencia de la falta de cumplimiento de una decisión judicial, como es este caso. Las cobra la persona que es titular del derecho y se aplican en días sábado, domingo y feriados. Además dispuso remitir las actuaciones al Ministerio Público de la Acusación por la presunta comisión del delito de desobediencia a una orden judicial. Pero además se dispuso que todas las notificaciones se practiquen en persona a las máximas autoridades de la sede Rosario del IAPOS, en forma urgente y por medio de la Prosecretaria de este Juzgado, designando además un oficial notificador para que lleve a cabo las notificaciones.
La Asociación Práctica Ciudadana atiende en la calle Laprida 1.453 los lunes a partir de las 18. Teléfonos: 341-5606773 y 341-5459703.