Una docente retirada de Rosario consiguió en la Justicia un fallo que limita el alcance de la ley 14.283, la polémica reforma previsional impulsada por el gobierno de Maximiliano Pullaro. La sentencia, emitida por el Juzgado Laboral N°10 a cargo de la jueza Paula Calace Vigo, ordena a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe cesar con los descuentos aplicados a su haber, restituirle lo ya retenido y aplicar los futuros aumentos salariales en un plazo no mayor a 30 días.
Se trata de uno de los primeros fallos de este tipo que no involucra a ex jueces o funcionarios judiciales con haberes altos, sino a una jubilada del sistema educativo que percibe un ingreso mensual de 1,7 millones de pesos, padece problemas de salud y tiene un hijo con discapacidad a cargo. Su situación personal fue clave para que el juzgado hiciera lugar al amparo presentado por su defensa legal.
El pronunciamiento cuestiona dos artículos centrales de la normativa aprobada el año pasado por la mayoría oficialista en la Legislatura. Por un lado, el artículo 2°, que establece el llamado “aporte solidario”, una retención que puede ir del 2% al 6% según el nivel del haber jubilatorio. Por otro, el artículo 10°, que permite al Ejecutivo demorar hasta dos meses la aplicación de aumentos obtenidos en paritarias, lo cual deteriora progresivamente el poder adquisitivo de los jubilados y vulnera el principio del 82% móvil.
“El Estado no puede discriminar a quienes fueron trabajadores públicos durante décadas. Si se acuerda una suba salarial para el personal activo, no es razonable que los jubilados deban esperar 60 días para recibir ese mismo ajuste”, argumentó la magistrada en su resolución, a la que tuvo acceso este medio.
La abogada que llevó adelante la presentación, identificada como Sánchez, explicó que el efecto combinado de la retención obligatoria y la demora en los aumentos implica una pérdida real de hasta 9 puntos porcentuales respecto de la actualización paritaria. Además, adjuntó documentación médica que acredita las enfermedades de la jubilada y la discapacidad de su hijo, para reforzar la dimensión humana del caso.
“El fallo no responde a una motivación política, sino a una necesidad de justicia y dignidad. En estos niveles de ingresos no hay subsidios, no hay cobertura plena de medicamentos, y se afrontan gastos que no pueden postergarse”, sostuvo la abogada.
Con este fallo, se suma un nuevo revés judicial a la normativa previsional santafesina, que ya había sido cuestionada en otras instancias. El impacto del precedente podría extenderse, abriendo la puerta a nuevos reclamos por parte de jubilados que se vean afectados por el esquema de aportes y diferimiento de aumentos impuesto por la reforma.
