Una mujer presentó una acción de amparo con el patrocinio de las abogadas Carina Mazzeo y Julia Canet para que a su hija de 13 años que padece retraso del crecimiento intrauterino se le provea la sematrofina recombinante Saizen líquido 12 mg a razón de 5 cartuchos por mes.
La niña nació con bajo peso y talla pequeña y recibió distintos tratamientos. Aún así sufre atraso en su crecimiento óseo.
Se presentó la documentación en IAPOS y en marzo de este año se reiteró el pedido del medicamento que cuesta cerca de $300.000, pero no tuvieron respuesta. La familia no tiene recursos económicos para comprarlo.
Al contestar la demanda el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social sostuvo que no se acreditó que la menor requiera el medicamento.
En la resolución entendió el juez en lo civil y comercial Ezequiel Zabale que “la negativa del IAPOS a brindar cobertura carece de sustento”.
Agregó que “resulta poco sostenible que la auditoría del IAPOS pretenda imponer un medicamento, tratamiento o derivación médica distinta a la que indica el equipo que asiste a la paciente”.
Destacó el magistrado que “la obra social y la auditoría de la misma deben actuar especialmente en función del deber de prevención del daño. La falta de cobertura puede actuar como un hecho negativo sobre la salud de la niña”.