Habitualmente en los divorcios o separaciones de hecho lo que está en discusión es el régimen de comunicación con los hijos y la cuota alimentaria. Sin embargo, en este caso una mujer al separarse de su pareja recurrió a la Justicia de Familia de Rosario para establecer la tenencia de los 3 gatos con los que convivieron durante casi 16 años.
La mujer se encargaba de cuidarlos, llevarlos al veterinario y darles alimentación.
Cuando se produjo la ruptura del vínculo la mujer se fue de la casa y los 3 gatos quedaron con el hombre. Ella las quería ver, pero él no se lo permitía.
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sigue considerando que los animales son cosas. Con el patrocinio de las abogadas Marisa Wittmann y Natalia Suárez la mujer planteó un régimen de cuidado y compañía de las mascotas por entender que con su pareja constituyeron una familia interespecie. Se consideró a los animales como seres “sintientes” y no como cosas.
La presentación se realizó en el Tribunal de Familia 4 en el que se tramita una causa por violencia. La jueza Ana Galetto consideró que era competente en la presentación y convocó a las partes a una audiencia.
En la misma decidieron que la mujer se quede con los 3 gatos, que desde la separación de la pareja estaban con el hombre en su casa. Se trata del primer caso que se registra en la justicia santafesina y sólo hay 2 antecedentes: uno en la Ciudad de Buenos Aires y el otro en Chubut.