La Justicia de Familia de San Lorenzo resolvió alimentos provisorios por bebé por nacer. El pedido fue formulado por la mujer embarazada con el patrocinio de la abogada Soledad Acosta.
La pareja convivió un año y al tercer mes del embarazo el hombre abandonó a la mujer. Según el Código Civil y Comercial de la Nación la madre embarazada tiene derecho a reclamar alimentos.
El juez Marcelo Escola dispuso que se retenga al padre el 100% del
monto establecido por el INDEC para la canasta de crianza correspondiente al tramo de edad para menores de 1 año, extensible al 25% del Sueldo Anual Complementario e indemnizaciones, adicionando la asignación familiar, obra social , además del 50% de los gastos extraordinarios.
El monto de la canasta de crianza es de 352.561 pesos. Los montos retenidos deberán depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe, sucursal San Lorenzo.
El magistrado resolvió que el empleador deberá hacer la retención ordenada sin que fuere necesario el libramiento de nuevos oficios, como así también proceder a la retención de lo establecido sobre la liquidación final que se le abone.
La madre en el término de 30 días a partir del nacimiento deberá iniciar el trámite de filiación, bajo apercibimiento de suspender la obligación alimentaria.