La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral dispuso el rechazo de la demanda contra el Jockey Club de Rosario que en primera instancia había sido condenado por no registrar a un caddie.
Los camaristas Eduardo Pastorino y María Andrea Deco dijeron que el demandante “no señaló cómo fue contratado, ni quién les daba las instrucciones u órdenes de trabajo o, en su caso, lo sancionaba ante incumplimientos”. Y agregaron que los testigos destacaron que “estábamos todos juntos en la casilla de caddies esperando hasta que el socio venía y llamaba al caddie para salir a trabajar, lo que no se menciona en la demanda”.
Además, explicaron que “el caddie se vincula directamente con cada jugador, quien establece las pautas de desenvolvimiento de la relación, especialmente en cuanto al horario, remuneración, recorrido y las modalidades propias del deporte, lo que culmina con el juego”.
“El club no interviene directa ni indirectamente en dicho acuerdo, resultando sólo un intermediario entre éste y el socio, por lo que tal situación no se modifica por el hecho de que los caddies estén autorizados por el club, pues dicha circunstancia sólo revela un control sobre su ingreso o habilitación, necesaria por razones de seguridad, como así de su vestimenta acorde la modalidad del deporte que se practica”, concluyeron.