La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó un recurso de queja presentado por una prepaga que fue condenada a reintegrar montos abonados por una afiliada y por daños moral y punitivo.
La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial había rechazado el recurso de apelación presentado por la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, condenando a Swiss Medical S.A. a abonar 752.000 pesos por reintegro de montos abonados y daños moral y punitivo, más los intereses fijados.
La prepaga planteó recurso de inconstitucionalidad. Sobre la procedencia del aumento de la cuota por razones de edad afirmó que “no fue una decisión unilateral sorpresiva; que se omitió analizar la razonabilidad de los incrementos por edad en un contrato de larguísima duración; que la mayor edad no es un criterio discriminatorio; y que la ley de medicina prepaga no prohíbe sino que convalida cláusulas de este tipo”.
Agregó que “la empresa no actuó con desprecio o desinterés, ni con dolo o culpa grave, sino que sólo trató de salvaguardar la ecuación económica del contrato a los fines de permitir el funcionamiento del sistema de medicina prepaga. Agregó que Swiss Medical S.A. aplicó lo contractualmente pactado (adiciones por edad); que ello no es sorpresivo para el usuario sino conocido, aceptado y suscripto, y no supone ningún ardid, conducta clandestina o engañosa, ni desaprensiva o interesada”.
El tribunal de alzada entendió que la suma de $150.000 otorgada por el juez de primera instancia en concepto de daño punitivo se compadece con la gravedad del hecho pues, para fijarla,m tuvo en cuenta la conducta de la accionada, que obligó a la afiliada a formular reclamos, todos ellos infructuosos, y a iniciar la acción de amparo y esta posterior demanda judicial a fin de obtener la restitución de lo abonado en más por el aumento.
También la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario había dado recepción positiva al amparo planteado por la mujer con el patrocinio de la abogada Agustina Facciutto.