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La despidieron y la Justicia le rechazó la demanda contra el empleador: había entregado certificados médicos falsos

La mujer trabajaba como cajera en un supermercado de la zona oeste de Rosario.

La Justicia Laboral de Rosario desestimó la demanda de una empleada contra el dueño de un comercio porque presentó certificados falsos para justificar su ausencia a cumplir la jornada laboral. Fue despedida con justa causa.

La mujer trabajaba como cajera en un supermercado de la zona oeste de Rosario. Ingresó como empleada en mayo de 2015. Durante 3 años nunca tuvo una sanción disciplinaria. En octubre de 2018 ante dolores abdominales fue intervenida quirúrgicamente, prescribiéndole reposo absoluto por 48 horas y funcional por 15 días.

Sostuvo en la demanda que la patronal abonó dicho período laboral, 16 días de licencia por enfermedad y luego en el período 11/2018 abonó 2 días de licencia por enfermedad, enviando médico control a su domicilio.

Manifestó que luego se incorporó a trabajar y el 11 de diciembre 2018 se presentó un abogado, haciéndole entrega de copia simple de una supuesta acta de constatación notarial, indicándole retirarse del puesto de trabajo con la anuencia del encargado del comercio.

Afirmó la mujer que el acta notarial está viciada de falsedad ideológica, y que se ha violentado el derecho de defensa en juicio, por lo que se presentó a cumplir con su obligación laboral en el turno tarde donde no se le permitió el ingreso, dejando constancia de ello en el Centro Territorial de Denuncias.

Mediante el acta notarial se le comunicó a la trabajadora el despido que se sustenta en el hecho que la misma habría presentado a su empleador certificados médicos adulterados para justificar la suspensión del débito laboral por enfermedad.

Para el dueño del comercio, patrocinado por el abogado Bernardo Larroux, esa supuesta situación habría llevado a una pérdida de confianza con quien fuera su dependiente, razón por la cual procedió a disolver la relación laboral.

En la resolución el juez laboral Gustavo Burgio sostuvo que el Colegio de Médicos de Rosario informó que en 2 certificados expedidos para la mujer las firmas no serían similares a las registradas por el médico en la entidad profesional.

Después el propio médico reconoció que ni el contenido ni la firma le pertenecían.
Agregó el magistrado que “la trabajadora admitió sin tapujo alguno haberle entregado al dueño del supermercado un certificado médico que no ha sido
suscripto ni confeccionado por quien se suponía que era su emitente”.

Destacó el juez Burgio que “el nudo de la cuestión es la buena fe que deben observar los integrantes del contrato de trabajo –trabajador y empleador– tanto al momento de celebración, como ejecución y extinción del mismo y esta conducta de la dependiente resultó grave, para nada justificable, por mas que careciera de antecedentes disciplinarios”.

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