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La Justicia anuló rechazo de una demanda por accidente laboral y dispuso que se dicte un nuevo fallo

El accidente laboral se produjo cuando desarmaba un andamio tubular en la planta baja de la construcción, cayó y el trabajador sufrió traumatismos y daños varios.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló el rechazo de una demanda por un accidente laboral y dispuso que se dicte un nuevo fallo. El trabajador inició con el patrocinio del abogado Cecilio Lescano una demanda laboral por cobro de pesos contra una Aseguradora de Riesgos del Trabajo con motivo del accidente que sufrió mientras cumplía tareas como oficial yesero en una obra en construcción.
El accidente laboral se produjo cuando desarmaba un andamio tubular en la planta baja de la construcción, cayó y sufrió traumatismo de cráneo, fractura de nariz y pérdida de piezas dentales. Afirmó que la empresa no le proveyó casco de seguridad ni adoptó ningún tipo de medida de protección. A su vez, la ART negó los hechos y la responsabilidad civil que se le atribuyó, aduciendo haber cumplido con los
deberes y obligaciones que impone la ley.
El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la ART.
Posteriormente la Cámara de Apelaciones en lo Laboral revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Consideró que no se probaron las inobservancias imputables a la aseguradora que habrían provocado el siniestro.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sostuvo que “la responsabilidad civil de las aseguradoras no es una consecuencia directa e inmediata del daño sufrido por el trabajador en virtud de un accidente laboral, sino que se configura ante la conducta negligente o renuente de aquellas a cumplir con la normativa específica en materia de riesgos del trabajo en la medida que le sea imputable como generadora del resultado dañoso”.
Agregó el máximo tribunal que “las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo asumen deberes de control, promoción, asesoramiento, capacitación, información, mejoramiento, investigación, instrucción, colaboración, asistencia, planeamiento, programación, visitas a los lugares de trabajo y denuncia”.
La Corte hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad planteado por el trabajador que sufrió una incapacidad laboral del 6%, anuló el rechazo de la demanda y ordenó que otro tribunal dicte una nueva sentencia.

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