La Justicia de Familia rechazó una medida cautelar provisoria innovativa y dispuso que una niña mantenga su centro de vida en la ciudad de Rosario, junto a su padre.
La madre de la menor había solicitado que se autorizara el cambio de residencia de la niña a la provincia de Córdoba.
El padre con el patrocinio de la abogada Perla Sapp puso en conocimiento que el 13 de enero de 2024 la ex pareja cambió el centro de vida de su hija sin su consentimiento ni la decisión de la niña. Inició actuaciones penales por búsqueda de paradero e impedimento de contacto.
En la resolución la jueza de Familia, María Paula Mangani, destacó que “se debe priorizar el interés superior del niño, consagrado en el articulo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 3 de la Ley 26061 y artículo 4 de la Ley 12967; el cual enuncia que ése interés esta primero en el orden de jerarquía, es decir, antes que el interés de los padres biológicos, antes que el interés de los hermanos, de los guardadores, tutores, antes que otros intereses, no solo es un interés superior en referencia a otros intereses en juego sino que, además debe ser el mejor interés a la hora de dilucidar conflictos de derechos”.
Agregó que la mujer “decidió unilateralmente -sin consentimiento del progenitor ni autorización judicial el traslado de la niña hacia la localidad cordobesa, modificación del centro de vida de hecho e ilegítimo”.
En el dictamen de la Defensora se afirmó que “de la entrevista no logra inferirse en forma clara si el deseo real de la niña es vivir en la provincia de Córdoba. Se advierte que la menor tiene un vínculo afectivo consolidado tanto con su papá como con su mamá quienes son muy presentes en su vida y que la relación conflictiva entre ellos la afecta. Considero que se encuentra inmersa en un conflicto propiamente de adultos, quienes no logran ponerse de acuerdo respecto a las cuestiones relativas a su cuidado y crianza. Entiendo que debe tenerse especial cuidado en no exponerla a tener que “decidir” una situación que la excede, que la involucra en un juego de lealtades entre sus progenitores entendiendo que esa vivencia es generadora de sentimientos de angustia que aparecen en la entrevista.
Resultaría conveniente que la niña pueda acceder a un espacio terapéutico propio en el cual pueda expresar sus emociones y sentimientos libremente”.