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La Justicia falló a favor de vecinos de zona sur y Aguas Santafesinas deberá garantizar el servicio de agua

De esta manera, se hizo lugar a una medida autosatisfactiva y se ordenó a la empresa asegurar el abastecimiento para uso y consumo humano.

Además, dicha institución deberá realizar la carga del tanque domiciliario mediante una cuba de agua una vez a a la semana, asegurando la provisión de bidones de agua potable para el consumo personal a razón de uno de 20 litros por día.

La Justicia de Rosario hizo lugar a una medida autosatisfactiva y ordenó a Aguas Santafesinas asegurar a vecinos de la zona sur que realizaron el planteo del abastecimiento de agua para uso y consumo humano.

Usuarios de la zona sur de Rosario, con el patrocinio de los abogados Jorge Cusenza y Esteban Jurún, plantearon una Medida Autosatisfactiva para que se ordene a Aguas Santafesinas S.A. a la inmediata adecuación y prestación del servicio de agua potable.

Afirmaron que hace más de 8 años, desde que se instalara el Casino City Center en las inmediaciones de su domicilio, junto a los vecinos del barrio han experimentado un notable descenso del servicio por la reducción sustancial del flujo de agua corriente, lo que dificulta la presión de la misma y hace insostenible el diario vivir.
Señalaron que en reiteradas ocasiones se realizaron reclamos ante la empresa por los canales digitales, así como de modo presencial, sin ver satisfecha su pretensión.
Aseguran que en verano el día a día se torna insostenible al no tener flujo de agua y, atento a que la poca que se obtiene no es consumible al estar contaminada con residuos, debiendo recurrirse a agua embotellada. Asimismo, no puede utilizarse el lavarropas automático por falta de presión, no hay presión en las duchas, ni un flujo constante en las canillas.

Destacan que se debe recurrir a bombas presurizadoras, y aún así no se satisface la demanda requerida. Los vecinos efectuaron el reclamo ante el Ente Regulador de Servicios Sanitarios y el organismo ordenó reducir lo que pagan. Las facturas les llegan con costo cero desde hace 14 años, pero no tienen solución al problema que los afecta a pesar del tiempo transcurrido.

Al contestar la demanda, la empresa afirmó que el servicio es brindado, si bien la presión de agua no es la óptima, y pidió el rechazo de la medida autosatisfactiva.
Informó que se encuentra proyectada una obra, aún sin plazo por parte del Poder Ejecutivo Provincial, que mejorará la presión en toda la zona.

El juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia destacó que “advierto que en efecto se configura un incumplimiento por parte de la demandada quien, conforme las constancias obrantes en la causa, no brinda en debida forma el servicio de provisión de agua potable en el domicilio de quienes plantearon la medida”. Agregó que “toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación”. Añadió que “el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos garantiza el derecho a la vida, desarrollando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el concepto de vida digna, que incluye el derecho de acceso al agua”.

Manifestó el juez Quaglia que “recurriendo a Meta IA, el botón de la inteligencia artificial de WhatsApp, ante la pregunta “¿Se cumple el derecho al acceso al agua con una presión menos a 1 mca (metro de columna de agua)? La respuesta brindada fue que no, entendiendo que el derecho al acceso al agua implica no sólo tener una cantidad suficiente, sino que el agua sea segura, aceptable, asequible y accesible, siendo la presión un factor importante para garantizar el acceso equitativo y seguro al agua”. La resolución se encuentra apelada.

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