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La Justicia habilitó la feria judicial para tratar la totalidad del DNU de Milei

Así lo resolvió el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Laviée Pico tras el amparo presentado por la inconstitucionalidad del decreto.

El juez contencioso Enrique Lavié Pico habilitó este jueves la feria judicial de verano para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad de la totalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei. De esta manera, el amparo de la CGT sobre la reforma laboral no cambiará de fuero.

Dicha resolución es contraria a lo pedido por el Gobierno nacional a través de la Procuración del Tesoro que pretendía concentrar todos los amparos en el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal.

El Gobierno podrá apelar esa determinación del juez que decide tratar cada uno por separado, el que él tiene que es contra la totalidad, y aquel del fuero Laboral donde en dos cautelares ya se frenaron las demandas. De hacerlo intervendrá la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que resolverá si los amparos siguen analizándose por separados o se concentran todos en este último fuero.

“Torna procedente la habilitación solicitada, toda vez que la demora impuesta por el receso judicial de enero en la tramitación de estos actuados entraña un riesgo cierto e inminente de la posible frustración de derechos que no podrían encontrar una protección oportuna en el caso de tener que esperar el transcurso de la feria judicial”, explicó el juzgado en su fallo.

Luego, Lavié Pico le dio al Gobierno un plazo de tres días para que haga un descargo en defensa del DNU ante la cautelar pedida y cinco sobre el fondo del asunto, tras lo cual resolverá.

Es una presentación hecha por el Observatorio del Derecho a la Ciudad que el magistrado, quien subroga ese juzgado cuyo titular es Esteban Furnari y está de feria, dispuso el levantamiento del receso para tratarlo y definir si es o no inconstitucional.

Además, el juez habilitó un pedido del Gobierno para que éste juez reclame al fuero laboral, donde hubo dos cautelares frenando el apartado referido a reformas laborales, y todos los amparos se acumulen en su juzgado.

Hasta el momento sólo hubo dos amparos de la Cámara Nacional del Trabajo suspendiendo el capítulo de reformas laborales, una haciendo un reclamo de la CGT y otro reciente de la CTA.

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