La Justicia Federal ordenó la suspensión de la aprobación del proyecto denominado “Campaña de Adquisición Sísmia Offshore Argentina: Cuenca Argentina Norte”. Por ende, hasta tanto se dicte sentencia definitiva, la empresa deberá abstenerse de iniciar las tareas de explotación sísmica en Mar del Plata.
De esta manera el Juzgado Federal nº 2 de Mar del Plata, a cargo del juez Santiago José Martín resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la parte actora, la ONG “Organización de Ambientalistas Organizado”.
El caso se trata de una acción de amparo ambiental en la que se denuncia la ilegalidad de la Resolución 436/2021 del Poder Ejecutivo Nacional que autorizó la realización del proyecto de exploración sísmica y explotación de hidrocarburos off-shore, desarrollado por la empresa EQUINOR ARGENTINA. Manifiesta la asociación actora que el proyecto atenta contra el artículo 41 de la Constitución Nacional, contra las leyes 23.094, 22.351, 22.421, 24.543, 25.675, 27.520 (Acuerdo Regional de Escazú) y contra todas las resoluciones que reglan la actividad de la autoridad nacional en materia ambiental”.
Conjuntamente, interpuso una acción de amparo el intendente marplatense, Guillermo Tristán Montenegro, afirmando que la población marplatense no fue convocada en el procedimiento de información y participación ciudadana, en los términos del art. 7° del Acuerdo de Escazú, aprobado por Ley 27.566. A dichas acciones se le suma la interpuesta por la Fundación Greenpeace Argentina, en el mismo sentido.