La Justicia rosarina condenó a la concesionaria vial Corredor Panamericano a pagar 3.600.000 pesos entre capital a intereses a una pareja que sufrió un siniestro vial por la presencia de adoquines en la calzada.
La sentencia comprende daños al vehículo, privación del uso, desvalorización del auto y daño moral.
Un matrimonio y sus 2 hijas transitaban en la noche del 16 de diciembre de 2018 por la autopista Rosario-Córdoba en un auto BMW.
En la demanda por daños y perjuicios afirmaron que a la altura del kilómetro 306, en el sentido hacia Rosario, en jurisdicción de Funes, se encuentran de forma imprevista con la calzada totalmente bloqueada por trozos de hormigón esparcidos que obstaculizaban y obstruían la circulación y que, a pesar de tratar de evitarlos, colisionaron con uno de ellos en la parte delantera derecha. lo que provocó la rotura del tren delantero, llanta, cubierta, masa, rodamientos, entre otros. Se vieron obligados a a circular y maniobrar centenares de metros, para detenerse posteriormente.
Destacaron que “los daños materiales fueron de alta cuantía, considerando que se trata de un vehículo importado de alta gama modelo 2017, aunque lo más grave fueron los daños de sus ocupantes, golpeados y conmocionados por el accidente, quienes quedaron en una situación de pánico y terror, debiendo ser asistidos y con secuelas psíquicas obvias ante lo acontecido”.
Responsabilizaron al concesionario por la presencia de obstáculos en la vía, dado el incumplimiento de la obligación de mantenimiento o conservación de la ruta sin que pueda plantearse como eximente la extensión del corredor concesionado, el tiempo de permanencia del objeto o la individualización del sujeto que lo dejó”.
La demandada sostuvo que “el sector donde supuestamente ocurrió el accidente no se encuentra dentro de la concesión otorgada a su parte por lo que su mantención y reparación no estaría a su cargo”. Además, negó el hecho.
Otro automovilista brindó testimonio en las actuaciones y puntualizó que ese día tuvo que ir a la banquina para evitar chocar contra los adoquines. En esa circunstancia lo asaltaron. En llamadas al 911 varios conductores realizaron la misma denuncia.
El juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia aseveró en la resolución que el concesionario de la ruta asume la obligación ” de prestar un servicio, lo cual cobra relevancia porque hay una obligación nuclear en el contrato, constituida por la prestación encaminada al mantenimiento de la ruta en todos sus aspectos y también deberes colaterales con fundamento en la buena fe, entre los cuales se encuentra el deber de seguridad, que obliga al prestador a adoptar las medidas de prevención adecuadas a los concretos riesgos existentes en la ruta concesionada, en tanto resulten previsibles”.
Agregó el magistrado que “se evidencia claramente una conducta como mínimo negligente por parte del proveedor demandado”.
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