La Justicia de Familia de Rosario multó a una empresa por no cumplir con el embargo en el sueldo de un trabajador. En una causa por alimentos contra el trabajador, debía pagar los honorarios profesionales de la abogada que patrocinó a su ex-pareja.
En octubre del año pasado se ordenó embargar al empleado el 20% del sueldo y la empresa debía depositar en una cuenta del Banco Municipal ubicado en Montevideo al 2000.
Sin embargo, la firma industrial no realizó los depósitos correspondientes.
La abogada Alejandra Ratti denunció e intimó a la empleadora por el incumplimiento bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria por cada día de retraso a partir del vencimiento del plazo otorgado. Se trata de una empresa dedicada a la fabricación de equipos de refrigeración comercial e industrial.
La letrada, con el patrocinio de la abogada Mirta César, solicitó la aplicación de astreintes (sanción valuada en dinero contra el deudor que demora el cumplimiento de una orden judicial) y la jueza del Tribunal de Familia Nº 7, Andrea Brunetti, hizo lugar a lo peticionado el 31 de marzo de este año.
Le impuso al empleador una multa diaria de $5.747 a computar desde el 26 de septiembre de 2022 hasta el efectivo cumplimiento de lo ordenado.
La magistrada rechazó el recurso de revocatoria planteado por la empleadora. Afirmó que “a todas luces asiste razón a la demandante, por cuanto notificada la empleadora del embargo referido, no acató la orden judicial pese encontrarse debidamente notificada, por la que debía no solo retener las sumas embargadas sino depositarlas en la cuenta judicial que se indicó con precisa orden abrir”.
También la jueza Brunetti resolvió rechazar la impugnación de la planilla de la liquidación de lo que el empleador debe abonar a la abogada Ratti.