La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó `parcialmente la resolución de primera instancia, pero amplió la cobertura. En primera instancia se había ordenado a la prestadora otorgar la cobertura del 70% del medicamento Dupilumab 300 mg, bajo la modalidad prescripta por el médico tratante y por el plazo de 3 meses. La dosis mensual supera los 3.500.000 pesos.
El amparista, patrocinado por el abogado Rodrigo Miralles, sostuvo que padece una enfermedad poco frecuente, dermatitis atópica severa, de muy baja incidencia y cuyo tratamiento requiere medicación de alto costo. Sancor Salud dijo que conforme a lo establecido el régimen legal le correspondía el 40% de cobertura, pero no obstante ofreció excepcionalmente cubrir el 50%.
Los camaristas Fernando Barbarach, Aníbal Pineda y Silvina Andalaf Casiello señalaron que “corresponde recordar que nuestro máximo tribunal de justicia tiene dicho que el derecho a la salud, sobre todo cuando se trata de enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida, siendo éste el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional. El hombre es el eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo –más allá de su naturaleza trascendente- su persona es inviolable y constituye un valor fundamental, con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental”.
Agregaron que “estamos frente a una enfermedad crónica, cuyo tratamiento requiere un fármaco de altísimo costo, por que la cobertura otorgada mediante cautelar (70%) implicaría un desembolso mensual por parte del amparista de más que improbable cumplimiento”.
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