La Justicia de Familia de San Lorenzo hizo lugar a la petición de una madre de proceder al cambio del apellido paterno de su hija, debiendo llevar como único apellido el de la progenitora.
La mujer en diciembre de 2012 contrajo matrimonio y fruto de esa unión nació su hija. El progenitor se encuentra privado de su libertad en la Unidad 5 de Rosario, cumpliendo una condena de diez años de prisión por tentativa de homicidio hacia su persona, que tramitó ante el MPA de Rosario. Desde entonces, no tuvo más contacto con su hija, como tampoco la familia paterna, demostrando desinterés y desapego.
Tramitó el pedido de divorcio, con sentencia favorable de agosto de 2023.
La menor sostuvo que no tuvo más vínculo con su padre, no quiere verlo y no le interesa ver a nadie de la familia paterna, se identifica con el apellido de su madre.
La Asesora de Menores consideró que se encuentra debidamente acreditado el justo motivo por el cual la niña desea ser inscripta con el apellido materno.
En la resolución el juez de Familia, Marcelo Escola, destacó que “el derecho a la identidad configura a su vez un derecho de la personalidad, que es innato y para toda la vida, en su faz estática lo adquirimos desde el nacimiento y se relaciona a nuestra maternidad, paternidad, ser hijo de tal o cual persona, lo que nos da una posición familiar, social y genera una determinada identificación, (nombre, datos de identificación, filiación, nacionalidad, etcétera), pero por otro lado, hay una faz que llamamos dinámica, variable en el tiempo, por lo que nuestra identidad y por ende, nuestra personalidad, van cambiando por distintas circunstancias, por hechos que se suceden en el transcurso de la vida, que generan la necesidad de cambiar y ser representados en la vida de relación, cualquiera fuere, con la identidad y personalidad que forjamos”.