El Gobierno provincial, a través de la resolución 033/2024 eliminó el cobro del impuesto al sello en las actualizaciones del valor de los alquileres que encarecía el alquiler cada vez que se actualizaba. Solo se abonará al inicio de la locación y su valor será equivalente al 0.1% del valor total del contrato.
“Este impuesto se cobraba al inicio y cada tres o cuatro meses dentro de un mismo contrato, lo cual nos parecía injusto”, explicó Ariel D’Orazio, Asesor Defensa de la Vivienda e Inquilinos Oficina Municipal del Consumidor Rosario. “Era una carga económica que golpeaba directamente al bolsillo de los inquilinos”, remarcó.
La nueva normativa dejó sin efecto la Resolución General Nº 41/2020 – API y estableció que “para la determinación de la base imponible, a efectos del pago del Impuesto de Sellos en los contratos de locación de inmuebles, deberá tomarse como base el importe correspondiente al primer mes de contrato y multiplicarlo por la cantidad de meses que se establece en el primer párrafo del artículo 248 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) cuando no se establecieran plazos en los contratos, o por la cantidad de meses de duración del mismo cuando se fije el plazo en los contratos, siempre que no existan importes distintos para cada año, en cuyo caso deberá tomarse el importe de cada año y multiplicarlo por los meses correspondientes”.
Sin embargo, aquellos contratos de locación con Garantía deberán abonar, también por única vez, el 0.75% del valor total del contrato. Es decir un 0.85% total.