El Gobierno Nacional, mediante la resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, estableció nuevos criterios para la emisión de los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD), y dejó sin efecto la normativa anterior.
Estos nuevos criterios se basarán en tres puntos:
El primero de ellos contempla las “Renovaciones previas”, es decir, a “personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF)”.
El segundo menciona a la “Persona Mayor”, o sea, aquella que “al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años”.
El tercer y último punto refiere a quienes tiene “Necesidad de equipamiento permanente”. “Personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales”.
“En los casos mencionados se podrá solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás”, aclara el documento publicado en el Boletín Oficial.
Con esta nueva normativa, el Gobierno Nacional busca que se aprueben los puntos detallados para poder tener acceso al CUD sin fecha de vencimiento en la evaluación y la valoración de la discapacidad.
Es relevante destacar que ualquier persona con una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral puede pedir el CUD. Esa alteración puede estar vinculada a distintas áreas como intelectual, visual, mental, motora, auditiva, respiratoria, cardiovascular, renal, digestivo y hepático.
Con el CUD, la persona con discapacidad podrá acceder a los siguientes derechos: Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos), traslados gratuitos en el transporte público terrestre, ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad, exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros), símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento en los lugares permitido Acceso al Cupo Laboral en la Administración Pública.