La Justicia de Familia de San Lorenzo otorgó el cuidado personal unilateral de un menor a su padre por el maltrato del que era víctima de su madre.
Los otros dos hijos viven con el progenitor desde hace tiempo.
El padre, con el patrocinio de la abogada Cecilia Rapp, promovió una demanda de adecuada comunicación con el niño.
Ante la Asesora de Menores el niño señaló que eran frecuentes las discusiones de su madre con la actual pareja, quien en una oportunidad le rompió el teléfono celular a la mujer.
El menor señaló que su mamá y su pareja no desayunan, sino que beben vino y fernet. Narró que el hombre una vez le pegó en la cabeza porque no sabía hacer la tarea.
Dijo que quería vivir con su papá y la pareja.
En su dictamen la Asesora de Menores afirmó que “el niño cuenta con grado de madurez suficiente para expresarse y consideró que debe hacerse lugar al requerimiento del menor de vivir con su progenitor, atento los hechos denunciados y en resguardo del mismo”.
En el informe de la escuela al que concurre el niño se destaca que “trabaja a destiempo, con desatención constante, sus carpetas están incompletas en todas las áreas y escasa participación oral”.
El padre le solicitó al juez de Familia, Marcelo Escola, que haga lugar al pedido de vivir con él.
En la resolución al magistrado puntualiza que “el cuidado personal hace a la protección de una niña, niño o adolescente en forma cotidiana y especialmente en el proceso de formación y los deberes y facultades de los progenitores referidos a la vida de sus hijos”.
Agregó que “estamos en presencia de un deber-derecho para los progenitores y que deriva del ejercicio de la responsabilidad parental, en principio y por regla general es compartido y excepcionalmente puede ser unilateral o unipersonal, y al efecto debe tenerse siempre en cuenta el interés superior del niño, niña o adolescente”