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Rescinden un contrato entre una prepaga y un grupo familiar

En abril de 2021 solicitaron la baja, a lo que se les informó que se debían dar la baja de la cuenta completa, momento a partir del cual requirieron la baja en diversas oportunidades sin que se le haya dado curso.

La Justicia rosarina declaró rescindido un contrato de med icina prepaga entre Galeno y un grupo familiar. Integrado por 5 personas presentaron una medida autosatisfactiva contra Galeno Argentina S.A. a fin de rescindir el contrato de medicina prepaga.

En abril de 2021 solicitaron la baja, a lo que se les informó que se debían dar la baja de la cuenta completa, momento a partir del cual requirieron la baja en diversas oportunidades sin que se le haya dado curso.

En la presentación indicaron encontrarse cautivos de la demandada desde hace más de dos años, pagando por un servicio que no utilizan ni requieren, remitiendo carta documento el 7 de marzo de 2023, la que fuera contestada un mes después alegando que era una empresa donde trabajan algunos de los afiliados quien debía solicitar dicha baja.

Galeno planteó que se encuentran afiliados a la demanda por ser empleados de una firma, con quien su parte tiene un acuerdo comercial. La afiliación es directa, siendo beneficiarios de un plan corporativo, y abonando la cuota la empresa.

Sostuvo el juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia que afirma “el artículo 9º de la ley 26.682 (establece el régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga), que los usuarios pueden rescindir en cualquier momento el contrato celebrado, sin limitación y sin penalidad alguna, debiendo notificar fehacientemente esta decisión a la otra parte con 30 días de anticipación”.

Añadió que “como señala la Defensora en las dos vistas que se le corriera, no se advierte afectado en la causa el interés superior de los niños involucrados, ya que los mismos cuentan con un nuevo plan de salud que los contiene y protege”.

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