La Justicia de Familia de, Rosario resolvió la filiación paterna post mortem de un joven y que se mantenga el apellido materno.
Con el patrocinio de las abogadas Selene Caballero y María Fernanda Iriarte inició una demanda de reclamación de filiación post mortem. Es el quinto de los hijos de una pareja, cuyos integrantes fallecieron.
Afirmó que sus padres mantuvieron durante 37 años una relación afectiva de carácter singular, pública, estable y permanente, compartiendo un proyecto en común.
El hijo que reclama la filiación post mortem destacó que no fue reconocido expresamente debido a que su padre trabajaba mucho y no podía llegar al Registro Civil en el horario de atención.
El examen realizado en el Instituto Médico Legal determinó que son hermanos de la misma madre y el mismo padre.
Señalaron las juezas Valeria Vittori, Andrea Brunetti y Gabriela Topino, integrantes del Tribunal de Familia 7, que “claramente lo expresa la doctora María Magdalena Galli Fiant, en los procesos de filiación materna o paterna, tanto en las acciones de reclamación, como en las acciones de impugnación, el objeto de la prueba resulta en la primera en la existencia de nexo biológico, por el contrario en las segundas en la inexistencia del mismo”.
Agregaron que la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe también se pronunció en forma favorable a la justicia, idoneidad y confiabilidad de la prueba de HLA en relación a la inclusión o exclusión de la paternidad”.
Señalaron las juezas que las pruebas periciales científicas realizadas al joven que reclama la paternidad post morten y los otros hijos del padre fallecido arrojaron un resultado que permiten concluir que es hijo del hombre fallecido en el 2021.