“Prohíbese en la vía pública la actividad de cuidado de vehículos y/o cuidacoches, servicio de limpieza o lavado de vidrios y/o de vehículos y toda otra actividad de similares características en todo el ámbito de la ciudad de San Lorenzo”. Así expresa el artículo uno de la Ordenanza que esta semana aprobó por mayoría el Concejo Municipal de San Lorenzo.
La misma norma también impone “una multa de 10 a 200 unidades fijas y/o la realización de tareas educativas o concientizadoras” a quienes incumplan la norma.
En concreto, la prohibición hace referencia a toda persona que realice las tareas mencionadas y a quienes “mediante actos determinados obstruya o altere la fluidez o seguridad del tránsito, o que mediante actos extorsivos y/o cualquier otra manera se arrogue preferencias de uso sobre la calza o parte de esta sin autorización alguna de la autoridad”.
En tanto, las personas que realizaban las tareas que ahora son prohibidas y “que acrediten residencia permanente en San Lorenzo”, podrán ser incorporadas a “programas de capacitación, cursos y talleres para desarrollar habilidades y competencias que faciliten su inserción en el mercado laboral formal”.
Entre los fundamentos de la ordenanza, se menciona que “se han recibido múltiples peticiones de vecinos respecto a la necesidad de restringir la actividad” de los cuidacoches “haciendo referencia a los inconvenientes que acarrea esta actividad en diversos aspectos de la vida comunitaria”.
Por último, se establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Gobierno y Cultura que tendrá a su cargo “la implementación de acciones necesarias” para que la prohibición de cumpla de manera efectiva.