Judiciales

Una ART deberá pagar 7 millones de pesos a un trabajador

El hombre sufrió incapacidades físicas por el esfuerzo físico que representaban sus tareas.

La Justicia Laboral de los tribunales provinciales de Rosario condenó a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo a pagarle 7.000.000 de pesos a un trabajador de la planta de General Motors por la incapacidad sufrida por el esfuerzo físico que representaban sus tareas.

Con el patrocinio del abogado Pablo Angelero inició una demanda contra Omint ART SA para reclamar el pago de las prestaciones dinerarias correspondientes a la Ley de Riesgos del Trabajo por la enfermedad profesional que padece como consecuencia de las labores desempeñadas para General Motors de Argentina SRL.

El hombre ingresó a la empresa en 2005 como empleado polivalente completo y cumplía jornadas diarias rotativas de 8 horas. Desde el inicio de la relación laboral, debió realizar permanentes movimientos repetitivos de carga y descarga, levantamiento de elementos de gran volumen y peso aproximado de 15/20 kg, todo ello en posiciones antiergonómicas. Es una postura que se registra cuando el tronco o las extremidades se encuentran en contra de la gravedad, lo cual aumenta la carga física ya que requiere mayor actividad a nivel osteomuscular para vencer la gravedad.

En el 2018, cuando tenía 39 años, comenzó a sentir molestias en su zona lumbar y lo comunicó a su empleadora. Pero la empresa no trasladó sus afecciones a la aseguradora y entonces canalizó la atención de sus dolencias ante su obra social.
Le diagnosticaron hernia de disco y fue sometido a una cirugía. Como las dolencias continuaron con adormecimiento en las piernas, limitación en la flexión de su espalda y rengueras al no poder caminar, realizó la denuncia de sus padecimientos a la aseguradora que rechazó el siniestro por considerar que no se hallaba expuesto al agente de riesgo.

Reclamó indemnización por el padecimiento de hernia de disco operada con alteraciones clínicas y electromiográficas moderadas con limitaciones funcionales que atribuyó al trabajo realizado para General Motors de Argentina SRL.

La ART al contestar la demanda negó cada uno de los hechos denunciados por el trabajador.

El informe pericial médico señaló que el operario sufre una incapacidad obrera laboral de casi el 25%, que atribuye en un 15% a la hernia discal operada.

Compañeros de trabajo efectuaron una descripción minuciosa de las funciones que el demandante cumplía en la línea de producción, y demostraron acabadamente los esfuerzos físicos a los que se encontraba sometido durante el transcurso de la jornada.

Agregaron que el trabajador debía estar constantemente de pie adoptando diferentes posturas de agachado o encorvado, debiendo flexionar su cuerpo para poder trabajar sobre los automotores que estaban en movimiento constante sobre la línea de producción. Asimismo, dijeron que debía transportar peso
al recoger las autopartes de los vehículos aledaños para poder colocarlas en el automóvil.

Los testigos puntualizaron que en temporadas de alta producción en la planta ubicada en Alvear trabajaban 12 horas diarias y bajo un notable esfuerzo físico.
En la resolución la jueza laboral Silvana Quagliatti sostuvo que “luce demostrado de manera evidente el nexo de causalidad entre las tareas realizadas y la patología relevada en la pericia médica”.

La magistrada dispuso aplicar desde que cada concepto indemnizatorio se tornó exigible, y hasta su efectivo pago, dos veces la tasa activa sumada que publica el Banco de la Nación Argentina.

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