Este jueves se realizó una audiencia en la que se resolvió la suspensión del juicio a prueba para las personas implicadas en el trágico accidente vial ocurrido el 24 de febrero de 2017, en la Ruta 33, a la altura de la localidad de Zavalla. En dicho siniestro, 13 personas perdieron la vida y 14 más resultaron gravemente heridas. Los involucrados en el accidente son Juan D.R., Pablo D., Carlos L., David L., José M., Alejandro P., Diego P., José R. y Gabriel V., quienes fueron imputados por negligencia e imprudencia en sus roles dentro de la empresa de transporte Monticas S.A.
La tragedia se originó cuando dos colectivos de Monticas colisionaron debido a la explosión de un neumático en el vehículo que circulaba de Pérez a Zavalla. La falta de mantenimiento adecuado, sumada a la utilización de neumáticos en mal estado, provocó el desastre. Los colectivos involucrados, un Mercedes Benz (interno 145) y otro (interno 105), pertenecían a la misma empresa y circulaban en direcciones opuestas cuando la explosión del neumático del primer vehículo causó que el conductor perdiera el control, cruzando al carril contrario y chocando con el segundo colectivo.
La Fiscalía, representada por el Dr. Walter Jurado, acordó con las víctimas y los defensores de los imputados la suspensión del juicio a prueba, tras considerar las pruebas presentadas y las condiciones de reparación de los daños. En la resolución del juez Pablo Pinto, se estableció un plazo de dos años para la suspensión del juicio, imponiendo una serie de medidas a los acusados, quienes se comprometieron a cumplir con una serie de obligaciones. Entre estas, todos los imputados deberán fijar residencia y abstenerse de consumir alcohol o estupefacientes. Además, se les solicitó realizar donaciones a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Pérez y Zavalla, en cantidades que van desde los 100.000 hasta los 200.000 pesos, dependiendo del implicado. Asimismo, se les aplicó una inhabilitación especial de dos años para ocupar cargos relacionados con el mantenimiento de vehículos de transporte público.
En cuanto a las consecuencias individuales, se aplicaron medidas específicas a cada imputado. Juan D.R., Pablo D., Carlos L., y José M. deberán realizar trabajos comunitarios relacionados con la seguridad vial y la prevención de accidentes. Alejandro P. y Gabriel V., responsables del mantenimiento de los vehículos, deberán someterse a un curso sobre seguridad en el transporte. Los implicados también se comprometieron a abonar una suma equivalente a un salario y medio, que será distribuida entre las víctimas directas o sus herederos forzosos, en tres cuotas mensuales. No obstante, esta suma no incluye a quienes hayan sufrido lesiones leves, ya que la acción penal fue desistida para estos casos.
El proceso de reparación a las víctimas también fue un requisito clave para la suspensión del juicio a prueba. Los imputados se comprometieron a abonar una suma equivalente a un salario y medio, que será distribuida entre las víctimas directas o sus herederos forzosos, en tres cuotas mensuales. No obstante, esta suma no incluye a quienes hayan sufrido lesiones leves, ya que la acción penal fue desistida para estos casos.
En cuanto a la responsabilidad de los imputados, se les atribuyó la conducta negligente relacionada con la gestión y el mantenimiento de los vehículos de la empresa. Se les reprochó no haber tomado las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las unidades, como la utilización de neumáticos en buen estado y la supervisión adecuada del personal.