La Justicia rosarina condenó a una empresa de transporte de pasajeros por vender un pasaje a pesar del anuncio de un paro de UTA el día del servicio. El demandante señaló que el 27 de Abril del 2019 se dirigió a la boletería 10 de la terminal de ómnibus “Mariano Moreno” con la intención de adquirir un pasaje de colectivo de la Cooperativa Andina de Transporte Automotor de Provisión de Servicios “Cata Internacional Limitada” para dirigirse a Mendoza, ya que se jugaba la final de la Supercopa Argentina entre Boca Juniors. y Rosario Central.
Teniendo conocimiento de un paro general declarado por la UTA para el día 1 de mayo consultó previo a la compra en la boletería de CATA sobre dicha posibilidad de medida de fuerza y le informaron que la empresa no se adhería a ese paro y por lo tanto le vendieron el pasaje a Mendoza para el día 1 de mayo a las 20.30 y su correspondiente pasaje de regreso de Mendoza a Rosario para el día 3 a las 20.
El 1 de mayo se acercó a la terminal un par de horas antes del embarque de su viaje a Mendoza y constata que la boletería de la demandada tenía todos sus vidrios tapados por diarios de papel y consultando a personal de la terminal le dicen que su servicio de colectivo contratado se había suspendido por haberse adherido la empresa al paro de la UTA. Ello le trajo muchos inconvenientes que derivaron en grandes gastos económicos.
Destacó que comenzó a buscar medios de transportes alternativos para poder llegar a Mendoza el 2 de mayo antes de las 21. Que por vía terrestre, utilizando
su automóvil personal le resultaba imposible atento a la larga distancia que existe entre la ciudad de Rosario y Mendoza y lo repentino del viaje y su
imposibilidad de estar bien descansado para poder manejar tantas horas.
Indica que en consecuencia no le quedó otra opción que comenzar la búsqueda de transporte aéreo.
Compró pasajes aéreos desde Ezeiza haciendo escala en Córdoba y de ahí combinar a Mendoza por la empresa Aerolíneas Argentinas regresando mediante la aerolínea LATAM de Mendoza a Aeroparque el día 4 de mayo a las 5,30hs. Los aéreos tuvieron un monto total de $10.160.
Tuvo que ir a Buenos Aires en auto y dejar el vehículo en el estacionamiento de Aeroparque para poder recogerlo a su regreso el día 4 y volver a Rosario. El cambio de planes asimismo le implicó gasto en nafta, peajes, estacionamiento, taxis entre Aeroparque y Ezeiza y tuvo que pagar una noche más de hotel. La empresa no contestó la demanda.
En la resolución el juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia afirmó que “las huelgas no son tan imprevisibles ya que, si las reclamaciones son justificadas y se cumplen los procedimientos previos legales existentes, nos encontraríamos dentro de la previsibilidad que es dable exigirle al empleador y la huelga sería evitable·.
Añadió que “se evidencia una situación de incumplimiento contractual que conlleva entender configurada responsabilidad por parte de la demandada”.